El tristemente famoso CODVID-19 o Coronavirus hace ya más de un mes llegó a Madrid para quedarse con
nosotros unos meses.
Es normal ya que Madrid interactúa a diario con miles de
personas que llegan del resto de España y del resto del Mundo, teníamos todas
las papeletas para contagiarnos.
Es un virus muy agresivo en el contagio con una escala
exponencial, más que geométrica y el problema es que muchos portadores no lo desarrollan,
pero contagian a los demás.
Esto unido a la tardanza de tomar medidas de confinamiento
para expandir el virus nos encontramos con más de la mitad de contagiados de
toda España. Además muchos irresponsablemente, huyeron de Madrid a sus pueblos
y a sus segundas residencias expandiendo aún más el Virus.
La semana pasada cundió el pánico ya que la gente no era
muy consciente de lo que nos ha caído encima y se lanzó a los supermercados arrasándolos.
No aprendimos de lo que pasó en Italia.
Madrid desierto por el Coronavirus, fuente el País |
Hoy tenemos la sanidad colapsada y con escasos medios para
atender a los contagiados más graves y una crisis económica tremenda que
empezaremos a sentir en breve.
El gobierno con un decreto Ley (incluyo el enlace al BOE)
ha decretado severas medidas de aislamiento para que el virus no se siga
propagando exponencialmente aún más y colapse por completo la Sanidad. Estas
medidas empezarán a tener su fruto dentro de 15 días. Aún tenemos por delante un
més muy malo de contagios y fallecimientos.
En Madrid la
Consejería de Sanidad
ha puesto a disposición
de los ciudadanos un teléfono
gratuito de información que atiende las 24 horas del día: 900 102
112
Este teléfono ofrece información sobre el coronavirus y, en
caso necesario, tiene la capacidad de derivar los posibles casos, de manera
directa, a la Mesa de Coordinación del SUMMA 112, quien realiza la atención
sanitaria de la llamada, y en su caso, si fuera necesario, moviliza los
recursos sanitarios necesarios según la sintomatología que presente el
paciente.
Madrid desierto por el Coronavirus, fuente el País |
El 10 de marzo el Ayuntamiento de Madrid y el 11 de marzo
la Comunidad aprobaron unos paquetes de medidas extraordinarias que creo que
todos conocemos pero que podéis ver en los enlaces que adjunto en el Cibergrafía de
esta entrada.
También el Gobierno de la Nación
en el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19 establece el Estado de alarma a través de una serie de medidas
urgentes cuyo objetivo es frenar la propagación del virus, como ya he dicho
antes estas medidas no tendrán su fruto hasta al mendos dentro de quince días.
Añado textualmente los artículos que creo que son más importantes para la
mayoría de los madrileños y resto de españoles:
Artículo 1. Declaración del estado de alarma.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo cuarto, apartados
b) y d), de la Ley
Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma,
excepción y sitio, se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la
situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19
Madrid desierto por el Coronavirus, fuente el País |
Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las
personas.
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas
únicamente podrán
circular por las vías de uso público para la realización de
las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de
primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos
sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su
prestación laboral,
profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes,
personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá
de hacerse
individualmente, salvo que se acompañe a personas con
discapacidad o por otra causa justificada.
Artículo 17. Garantía de suministro de energía eléctrica,
productos derivados del petróleo y gas natural.
Las autoridades competentes delegadas podrán adoptar las
medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica, de
productos derivados del petróleo,
así como de gas natural, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en
los artículos 49 y 101 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos.
Se supone que mañana 17 de marzo publicará otro decreto de
medidas económicas para paliar las quiebras y el desempleo de empresas y
trabajadores.
Madrid desierto por el Coronavirus, fuente el País |
De momento lo más importante es quedarse en casa: #yomequedoencasa
y
no propagar más el virus y luego todos juntos levantar de nuevo la Nación.
Dado a que sigo las instrucciones y estoy en casa, todas las fotos que acompañan esta rara entrada para un
blog dedicado a Madrid cuyo objetivo es mirar Madrid de otra forma son de
distintos periódicos y agencias, pongo la fuente en cada una de las fotos.
Esta situación es presente y será historia de Madrid.
Una vez más España está sola para salir adelante, no es la
primera vez en la historia y siempre hemos salido adelante a pesar de todo:
invasiones, perdidas de las provincias americanas y asiáticas, epidemias,
guerras, crisis económicas, siempre hemos peleado y progresado, esta vez
no va a ser distinto y saldremos de esta pandemia con nuestros sacrificios y nuestra
lucha.
Madrid desierto por el Coronavirus, fuente Agencia EFE |
CIBERGRAFÍA
NOTA:
Puedes utilizar toda la información contenida
en esta entrada, pero por favor cita su origen y el nombre del Blog.
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